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Las Catástrofes de la Naturaleza y las pólizas de seguro en España

Cada vez, con más frecuencia nos encontramos con que la naturaleza se manifiesta con violencias inusitadas; a las que no estábamos acostumbrados. Siempre ha habido daños muy fuertes generados por catástrofes naturales, pero en la actualidad y más a futuro, (según opinión de los expertos) estos daños se incrementarán en cantidad y en importancia de los mismos.

¿Cómo afecta esto al seguro?

En España existe un organismo específico que se encarga de este tipo de circunstancias. Se trata del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), quién asume los daños que se generan en estas especiales situaciones de la naturaleza.

Quien tenga un seguro puede comprobar, con solo mirar un recibo de su póliza, que al asegurar cualquiera de sus bienes, está realizando un pago a dos entidades distintas. Una parte, la más importante, a la aseguradora con la que tiene el contrato, y otra parte destinada al Consorcio de Compensación de Seguros.

Con la primera cantidad las aseguradoras gestionan la parte de riesgos normales que se han asegurado; en tanto con la segunda, abonada al CCS, se aseguran, entre otros, los daños ocasionados por las catástrofes naturales.

¿Qué el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo dependiente del Mº. de Asuntos Económicos y Transformación Digital (a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) a través del cual se cubren ciertos riesgos, difíciles de asumir por parte del sector asegurador.

Está considerado como un organismo autónomo respecto a la compañías y su operativa se asemeja bastante a la de una compañía aseguradora. Se trata de una organización de gran prestigio y que funciona, casi exclusivamente, en nuestro país.

¿Cuándo actúa el CCS en temas aseguradores?

Los riesgos que cubre puede agruparse en tres tipos:

  1. Riesgos de la naturaleza: terremotos, maremotos o tsunamis, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica, y caída de cuerpos siderales.
  2. Los hechos violentos derivados de: terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  3. Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas y de los Cuerpos de seguridad en tiempo de paz.

En los siniestros ocurridos por causa de estas actuaciones, la gestión de los mismos pasan a ser gestionados por el CCS, quedando al margen las Compañías de Seguros.

¿Qué garantías cubre el CCS?

Las garantías van a depender del seguro que tengamos contratado.

  • Hogar, Comunidades, Comercios, Empresas, etc.
    • En este caso el CCS cubrirá exactamente los mismos riesgos que se establezcan en la póliza.
    • Es muy importante que las valoraciones de los bienes asegurados sean lo más reales posibles ya que, en este tipo de catástrofes, el bien suele quedar totalmente destruido y el CCS nos abonará en función del importe el que lo tengamos asegurado
  • Automóviles
    • Asegurados a Todo Riesgo
      • Se abona por las mismas garantías aseguradas en la póliza original.
    • Asegurados solo de Resp. Civil
      • Se abona el valor venal del vehículo.
    • Vida
      • El Seguro se divide en dos partes:
        • Una que abona la Aseguradora por el importe de la Reserva Matemática alcanzada en ese momento.
        • El resto hasta el capital asegurado, que será abonado por el CCS.

¿Como actuar en caso de siniestro por Catástrofe Natural?

Para solicitar una indemnización en caso de Catástrofe, recomendamos:

  • Contactar primero con nosotros (SEGURDAL), de cara a conseguir la información necesaria y su fuera preciso una copia de la póliza.
  • Comunicar las circunstancias del siniestro al CCS. Esto se puede hacer por dos vías:
    • Llamar al 900 222 665 y ofrecer todos los datos que se requieran.
    • Presentar la solicitud de manera online, a través de la página web del Consorcio consorseguros.es en el apartado “solicitud de indemnización”
    •  

Una vez se realice la solicitud hay que esperar un periodo de tiempo, que variará en función de las circunstancias del mismo.

Y reiteramos una de las partes más importantes, para que intervenga el CCS es necesario que exista una póliza de seguros en vigor sobre el bien dañado

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